En caso de urgencias vitales y accidentes graves, llama inmediatamente a la Línea de Atención Telefónica Integral 24 horas, 900 23 33 33, que atiende y gestiona las urgencias médicas por accidente de trabajo y enfermedad profesional.
O al Teléfono de Emergencias de su zona geográfica: 112 (o similar).
Para solicitar asistencia en el extranjero deberás llamar a través del número +34 91 744 51 01.
Los pasos a seguir cuando un trabajador sufra un accidente de trabajo son:
- Asistir lo más rápidamente al accidentado
- Para ello acude al centro de Ibermutua más cercano, donde estamos especializados en la atención sanitaria urgente de accidentes laborales.
- En caso de que desconozcas dónde se encuentran ubicados nuestros centros, puedes ponerte en contacto con la Línea de Atención Telefónica Integral 24 horas, 900 23 33 33, o consultar nuestra Red de centros.
- Si no encuentras un centro Ibermutua cercano, acude al centro médico público más cercano.
- Para agilizar los trámites, es conveniente llevar y rellenar el Volante de solicitud de asistencia sanitaria. De esta forma se facilitará la identificación y se le dará un mejor servicio. Si no fuese posible llevar este documento, no olvides la tarjeta de la Seguridad Social, el D.N.I. o cualquier otro documento que identifique a la persona trabajadora e indique a qué empresa pertenece.
Tras recibir asistencia médica la persona trabajadora puede encontrarse en dos situaciones:
El trabajador/a sólo falta el día del accidente y no causa baja
Ver menosVer másEn caso de accidente de trabajo, si sólo falta al trabajo el día del accidente y no causa baja, la empresa deberá remitir mensualmente la relación de accidentes de trabajo ocurridos sin baja médica, en los cinco primeros días hábiles del mes siguiente al del accidente.
La notificación de este documento deberá realizarse a través del Sistema de Declaración Electrónica de Accidentes de Trabajo (Sistema Delt@)
El trabajador/a causa baja
Ver menosVer másCuando la persona trabajadora causa baja por un accidente de trabajo:
- El trabajador/a
En caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional deberá acudir a los servicios médicos de Ibermutua.
Tras la asistencia sanitaria, si no puede continuar con su actividad laboral, los servicios sanitarios de Ibermutua le expedirán su parte médico de baja. Con él podrá acreditar ante la empresa que se encuentra en una situación que le impide continuar trabajando. La situación de baja determina el principio de sus prestaciones de incapacidad temporal.
La persona trabajadora se quedará con el ejemplar de su parte médico de baja. No tiene que entregar a la empresa los partes médicos de baja, confirmación de baja y alta por incapacidad temporal. (Orden ISM/2/2023 y RD 1060/2022)
- La empresa
El INSS comunicará a la empresa los datos identificativos a través del fichero «INSS EMPRESAS» del Sistema de Remisión Electrónica de Datos (RED) como máximo en el día hábil siguiente al de su recepción en dicho Instituto por la Mutua
La empresa transmitirá al INSS, a través del Sistema de Remisión Electrónica de Datos (RED)* y en 3 días hábiles desde la recepción de la comunicación de la baja médica, los datos que figuran en el anexo III de la Orden ISM/2/2023, aun cuando hayan asumido el pago, a su cargo, de la prestación económica de incapacidad temporal, en régimen de colaboración voluntaria.
Cuando la empresa reciba los datos, cumplimentará el Parte de Accidente de Trabajo a través del Sistema de Declaración Electrónica de Accidentes de Trabajo (Sistema Delt@) en el plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha en que ocurrió el accidente o desde la fecha de la baja médica, si ésta es posterior.
Para resolver las dudas surgidas por la cumplimentación de los Partes de Accidente, puede ponerse en contacto con su Centro de Ibermutua más cercano (Red de centros)
Parte médico de confirmación de baja:
Los partes de baja y confirmación de la baja se extenderán en función del periodo de duración que estime el facultativo que lo emite. A estos efectos, en el Real Decreto 625/2014 se establecen cuatro grupos de procesos en bajas en función de su duración:
- Duración estimada inferior a 5 días naturales: Ibermutua emitirá el parte de baja y de alta en la misma visita.
- Duración estimada de entre 5 y 30 días naturales: el primer parte de confirmación se emitirá a los 7 días naturales tras la fecha de inicio de la baja. Los sucesivos, en el plazo máximo de 14 días desde el parte anterior.
- Entre 31 y 60 días naturales: el primer parte de confirmación se emitirá a los 7 días tras el parte de baja. Los sucesivos, en el plazo máximo de 28 días desde el parte anterior.
- En los procesos de más de 61 días naturales: el primer parte de confirmación se emitirá a los 14 días tras el parte de baja. Los sucesivos, en el plazo máximo de 35 días desde el parte anterior.
Cuando el proceso llega a 365 días, pasa a ser controlado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) / Instituto Social de la Marina (ISM).
En los partes de confirmación constará la duración estimada de la incapacidad temporal y la fecha del nuevo reconocimiento médico.
La empresa tramitará los partes de confirmación de baja entregados por el trabajador, vía Sistema RED en el plazo de tres días hábiles desde su recepción.
Parte médico de alta:
Cuando las lesiones sufridas por la persona trabajadora estén curadas, Ibermutua emitirá el parte médico de alta laboral, debiendo reincorporarse la persona accidentada a su puesto de trabajo al día siguiente al alta. El parte se tramitará por el Sistema Red en el plazo de tres días hábiles de la misma forma que el de baja.
Con su emisión, finaliza la situación de incapacidad temporal, cesando el pago del subsidio por parte de la mutua.
Situaciones especiales «Comunicación urgente de accidente de trabajo»:
En los casos de accidentes graves, muy graves, que ocasionen el fallecimiento del trabajador, y en aquellos que afecten a más de cuatro trabajadores, la empresa deberá realizar una gestión adicional. Además de cumplimentar los partes de accidente, se comunicará el hecho, en el plazo de 24 horas, a la autoridad laboral de la provincia donde haya ocurrido el accidente.
La citada comunicación contendrá: razón social, domicilio y teléfono de la empresa, nombre de los accidentados y la descripción del accidente, así como el lugar donde ocurrió.
Para notificar dicha comunicación podrá utilizarse el Sistema de Declaración Electrónica de Accidentes de Trabajo (Sistema Delt@)
Puedes consultar la información para empresas y personas trabajadoras sobre la entrada en vigor de los partes médicos de baja, confirmación y alta médica en este botón de acceso: