La empresa puede solicitar la prestación en nombre de la trabajadora.
También puede completar la documentación que su trabajadora necesitará durante todo el proceso cuando la solicitud sea realizada directamente por ella.
Dispone de un teléfono de soporte durante toda la tramitación:
91 175 33 73
A continuación indicamos los pasos a seguir de la trabajadora y los pasos de la empresa para solicitar la protección:
¿Qué pasos tienes que dar para proteger tu situación?
Si como trabajadora por cuenta ajena quieres proteger de la manera más eficaz tu proceso de gestación o de lactancia natural, comunica a tu empresario la situación de embarazo o lactancia natural; tu empresa, con apoyo en su Servicio de Prevención, deberá evaluar tu puesto y, de ser posible, adoptar las medidas preventivas necesarias o, en su caso, proceder al cambio de puesto de trabajo para protegerte. En los supuestos en que, por razón de riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural, la trabajadora, en virtud de lo previsto en el artículo 26 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, sea destinada a un puesto de trabajo o función diferente y compatible con su estado, se aplicará, con respecto a las cuotas devengadas durante el período de permanencia en el nuevo puesto de trabajo o función, una reducción, a cargo del Presupuesto de la Seguridad Social, del 50 por ciento de la aportación empresarial en la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes.
Pero cuando la adaptación de condiciones o del tiempo de trabajo no resultase posible o, a pesar de tal adaptación, las condiciones de tu puesto de trabajo pudieran influir negativamente en tu salud o la de tu hijo/a, en ese caso deberás solicitar a la Entidad Gestora o Colaboradora (Mutua) que valore tu situación y emita un certificado acerca de la existencia de riesgo específico, para lo cual necesitarás aportar, en un primer momento, la siguiente documentación:
- Informe del facultativo del Servicio Público de Salud, que acredite la existencia de una situación de embarazo o de lactancia natural y, en su caso, la fecha probable del parto, y que incorpore la fecha y su firma. (Modelo CP-REL-F6)
- Declaración empresarial (o de la trabajadora autónoma) sobre descripción y exposición a riesgos laborales durante el embarazo o lactancia natural (Modelo CP-REL-F2); a dicha declaración podrás adjuntar la evaluación de tu puesto de trabajo que haya realizado el Servicio de Prevención de tu empresa y toda aquella documentación que facilite la valoración de tu concreta situación.
Si el certificado emitido es positivo (existe riesgo específico desde su emisión) o con riesgo diferido (existirá riesgo a partir de una determinada semana de gestación) y la empresa certifica que no tiene otro puesto de trabajo compatible con tu estado, a partir del momento en que se considere la presencia de riesgo efectivo, el empresario puede suspender tu contrato de trabajo, y ya podrás terminar el proceso y solicitar la prestación económica por riesgo durante el embarazo o la lactancia natural; si eres trabajadora autónoma, podrás suspender tu actividad profesional al día siguiente de la certificación de existencia de riesgo.
Para terminar la solicitud y percibir la prestación económica deberás aportar, conjuntamente con la solicitud de pago directo (Modelo CP-REL-F3-Solicitud-Prestación-2), ante la mutua la siguiente documentación:
- Declaración empresarial sobre situación de riesgo, imposibilidad de adaptación/reubicación y suspensión del contrato de trabajo (Modelo CP-REL-F4)
- Certificado de empresa (Modelo 144-REL) con tus datos laborales y salariales.
- Declaración situación actividad (Trabajadoras autónomas) (Mod-280)
- Modelo 145 para calcular tus retenciones IRPF
Recuerda que puedes entregar esta documentación presencialmente en nuestros centros, emitirla por correo electrónico adjuntado solicitud inicial con tus datos, o aportarla directamente online, de forma sencilla y ágil, en Ibermutua digital personas. Si lo haces a través de Ibermutua digital personas, podrás comunicarte con tu empresa para que te proporcione digitalmente su declaración empresarial. Si tienes cualquier duda sobre el proceso digital, te atenderemos directamente en el teléfono 91 175 33 73.
En tu solicitud digital podrás acceder en todo momento a tu expediente y consultar su situación actual, las 24 horas del día y los 365 días del año.
¿Qué pasos tiene que dar la empresa?
- Al tener conocimiento de la situación de embarazo o del proceso de lactancia natural de una de sus trabajadoras, deberá adoptar las medidas previstas en el art. 26 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
- Cuando la adaptación de las condiciones o del tiempo de trabajo no resultase posible o, a pesar de tal adaptación, las condiciones del puesto de trabajo pudieran influir negativamente en la salud de la trabajadora embarazada, del feto o del hijo lactante y así lo certifiquen los Servicios Médicos de la mutua, la trabajadora deberá desempeñar un puesto de trabajo o función diferente y compatible con su estado.
- En el supuesto en que, debiendo la mujer trabajadora cambiar de puesto de trabajo por otro compatible con su estado, dicho puesto de trabajo no resulte técnica u objetivamente posible, o no pueda razonablemente exigirse por motivos justificados, la empresa podrá suspender el contrato de trabajo.
- Suspendido el contrato de trabajo, la empresa mantiene a la trabajadora en alta en la Seguridad Social y cotizando la cuota empresarial hasta que finalice el contrato o la trabajadora se reincorpore a su puesto de trabajo o a otro compatible con su estado.
- La empresa debe comunicar a la mutua cualquier variación que se produzca durante la situación de suspensión del contrato por riesgo durante el embarazo o lactancia natural.
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