LOS AÑOS SANTOS COMPOSTELANOS Y LA INDULGENCIA PLENARIA
ES CIERTO QUE LA EDAD MEDIA VIVE BAJO LA OBSESIÓN DEL PECADO Y LA FASCINACIÓN
POR LAS PENAS DEL INFIERNO, SIEMPRE PRESENTE EN LOS MÁS ENCENDIDOS SERMONES
Y RECORDADAS EN LOS TÍMPANOS DE LAS CATEDRALES.
La vida terrenal es corta: como humana no se le atribuye demasiada consideración.
La otra vida, dominada por una fe plena, es eterna; asegurársela
en el Paraíso y con el menor tiempo posible de sufrimiento de las
penas inevitables del purgatorio, va a ser uno de los motivos principales
de la peregrinación: Expiar los pecados y obtener su perdón
conducía, desde los primeros tiempos de la peregrinación
hasta Santiago de Compostela, a una buena parte de la cristiandad. Y es
que desde esos primeros tiempos, se habla de indulgencias excepcionales
que por privilegio de los Romanos Pontífices ganarían los
fieles que se acercasen ad limina Sancti lacobi, a la casa del
Señor Santiago. Este sacro viaje va a ser la mejor forma de redimir
la "deuda temporal" que dejan los pecados. Se ha señalado el 1122,
con el Papa Calixto, como fecha del inicio del primer Año Santo
y la confirmación por Alejandro III, con la Bula "Regis aeternis"
dada en 1179, que lo instituye a perpetuidad. Mas lo cierto es que esta
gracia del jubileo tiene otros orígenes.
Roma, bajo el pontificado de Bonifacio VIII, había establecido
en 1300 el jubileo cada 100 años, con el beneficio de indulgencia
plenaria.
La
palabra jubileo proviene de "jobel"; el carnero cuyos cuernos se hacían
sonar entre los judíos cada cincuenta años en señal
de borrón y cuenta nueva de situaciones desdichadas: se recuperaban
las tierras vendidas por necesidad; se libertaba a los esclavos y se perdonaban
las deudas.
El jubileo romano de los cincuenta años fijados por el Papa Clemente,
tras Pablo II (1458-1464) se redujo a un intervalo de 25 años,
que es la periodicidad actual, habiendo coincidido el último con
el milenio.
El año de jubileo o perdonanza compostelana (es de suponer que
siempre con posterioridad a la instauración del romano) se ha fijado
por la Santa Sede en todos aquellos años en que la festividad de
Santiago el Mayor – 25 de julio – coincide con un domingo; lo que sucede
con la periodicidad de 11, 6, 5, 6 años. Serie que aplicada a estos
tiempos, nos dice que 1982, 1993, y 1999 han sido años jubilares
y que el 2004 y 2010 lo serán en el nuevo milenio.
La iglesia, al discurrir de los tiempos, ha ido multiplicando y devaluando
las indulgencias y por lo mismo se ha visto precisada a intervenir en
el abigarrado conjunto de días, meses y años con que se
lucraban multitud de prácticas piadosas en no menos multitud de
lugares y fechas, tema en el que puso orden radical Pablo VI en 1967,
y que se ha completado en vísperas del Jubileo Romano de 2000,
con la cuarta edición del Enchiridion, indulgentiarum, que
el Vaticano presenta como un esfuerzo de aggiornamiento doctrinal, al
acercar los caminos de acceso al perdón a la vida moderna, superando
la imagen comercial ligada a las indulgencias, que ahora se ofrecen para
empujar a los hombres a realizar obras de piedad y penitencia, entre las
que recuerda, a título de ejemplo, dejar de fumar una cajetilla
de cigarrillos. Sin olvidar los antiguos beneficios de remisión
de las penas temporales, que alguna forma deben de seguir teniendo en
el más allá, aunque no sea la material de las llamas.
Los requisitos y condiciones para obtener las gracias jubilares del Año
Santo Compostelano y la Perdonanza (indulgencia Plenaria que abarca a
la totalidad de las penas temporales debidas por los pecados) son las
siguientes:
• No es conditio sine qua non haber llegado andando
en peregrinación a la Basílica de Apóstol (otra cosa
es que sería lo deseable), aunque se debe penetrar en ella cualquier
día del Año Santo.
• Es necesario rezar por las intenciones del Romano Pontífice;
puede ser un Padrenuestro, un Credo u otra oración.
• Debe confesarse y comulgar, bien en la Basílica, bien haberlo
hecho quince días antes o quince días después, en
otro lugar, intentando alcanzar el grado de contrición más
sincero.
• La indulgencia plenaria puede aplicarse a otra persona.
• A nadie se le entrega un certificado de haber obtenido la indulgencia
plenaria de los Años Santos Compostelanos. Esto queda dentro de
la conciencia de cada peregrino.
LA CREDENCIAL DEL PEREGRINO
Desde el comienzo de las peregrinaciones, los romeros, además de por
su peculiaridad indumentaria, acreditaban su condición de tales llevando
consigo certificados, cartas de presentación o cualquier otro documento
en el que se indicase que el portador era peregrino y como tal transitaba.
Cualquier historia de la peregrinación (y puede verse como ejemplo más
destacado los tres tomos de las "Peregrinaciones a Santiago de Compostela",
de Vázquez de Parga, Lacarra y Uría) contiene multitud de referencias
documentales por las que reyes, nobles, abadías o simples curas párrocos
dan un salvoconducto o una credencial a determinados peregrinos, avalando su
condición y que se les tenga en su viaje por tales piadosos caminantes
a Santiago; con lo que se les abrían con más generosidad los hospitales
y albergues, junto con exenciones de los numerosos tributos al paso de hombres,
bestias de carga y mercancías, que con el nombre de derechos de portazgos,
pontazgos, montazgos, peajes y tributos de toda laya, dificultaban seriamente
el tránsito de los viajeros. Que estas cartas de presentación
fuesen más o menos eficaces, fuera de determinados ámbitos eclesiásticos
o nobiliarios, es asunto distinto; lo que debe quedar es que los peregrinos
normales y aún los gallofos y bordoneros nunca se lanzaban a la aventura
del camino sin algún documento que acreditase su condición de
peregrinos a Santiago. Las falsificaciones de estas credenciales y aún
los robos que se produjeron, demuestran que su posesión resultaba rentable.
Con el resurgir de las peregrinaciones, a principios de los años ochenta,
comienza a hacerse necesario arbitrar alguna formalidad que acredite el paso
a lo largo de la senda jacobea por los romeros que van a Compostela. Ya en el
primer Congreso Internacional de Asociaciones de Amigos del Camino de Santiago,
celebrando en 1987 en Jaca, se adoptaron los oportunos acuerdos para coordinar
las iniciativas existentes relativas a los medios que acreditaban el paso de
los santiaguistas, y se llega a una edición común de la "Credencial
del Peregrino". Una cartilla en forma alargada que se reduce mediante plegamientos
a un tamaño manejable, en cuya portada figura este nombre impreso sobre
la imagen de parte de una antigua puerta en la que se apoya un bordón
de peregrino del que pende la calabaza vinatera y una vieira.
En esta credencial, en su primera página, una parroquia o congregación
religiosa o una Asociación de Amigos del Camino de Santiago, presenta
a una determinada persona, cuya identidad se recoge y, en sucesivas hojas en
blanco, el peregrino va haciéndose estampar el sello de iglesias, ayuntamientos,
hospitales o albergues del Camino, que acreditan su paso por el lugar en la
fecha que también se indica.
Resulta muy conveniente proveerse de una credencial antes de emprender el Camino;
se dan, con demasiada facilidad, no solo en Asociaciones Jacobeas e iglesias
relacionadas con el Camino de Santiago, sino incluso en simples oficinas de
información turística.
Para el uso de hospitales y albergues de peregrinos, al menos en los públicos
sin excepción y en todos los privados que tienen una limosna voluntaria
como pago por la estancia, se exige a los santiaguistas la presentación
de la credencial. Esta no es un documento oficial, pero como si lo fuese, tanto
a los efectos indicados como para obtener algún tipo de rebajas que se
hacen a los peregrinos, así en la visita a determinados monumentos, como,
por ejemplo, en la catedral de Burgos.
Aunque la mayoría de los peregrinos son portadores de la credencial descrita,
no es imprescindible –otra cosa es que sea deseable– caminar con ese modelo,
sino que puede suplirse por un cuadernillo o diario de ruta en el que se vayan
recogiendo los testimonios; de ordinario un sello de tampón, del lugar
y, a pluma, el día en el que se pasa.
A los peregrinos en bici o a caballo también se les facilita la credencial.
Finalmente, la credencial del peregrino será precisa para obtener "La
Compostela" o "Compostelana".
"LA COMPOSTELA"
El romero que llegaba a la Basílica Compostelana, siempre tuvo el comprensible
interés en la obtención de alguna señal distintiva o documento
que acreditase su largo y piadoso viaje.
El haber hecho una de las peregrinaciones mayores, como la santiaguista, suponía
un a modo de ascenso en la escala social. Quien había ido hasta el Finisterre
era un iniciado en misterios, conocedor de remotas tierras (podía hablar,
concitar la atención en torno suyo de un auditorio siempre crédulo)
y hasta portador de un carisma. Se le respetaba y consideraba; era alguien.
Cuenta Domínguez Berrueta que, "las cédulas de peregrinos que
daban en la catedral de Santiago y certificaban la presencia del peregrino de
Compostela, servían en muchos países de salvoconducto y valían
para la rebaja, y aún exención de impuestos".
Hasta el siglo XIV no comienzan a entregarse "Compostelanas" como documentos
acreditativos de la peregrinación; antes hacían su vez las veneras
autentificadas en el mismo Santiago. Veneras y compostelanas serán objeto
de falsificaciones y de robos.
En época tardía como es el año 1726, un pícaro sastre
picardo, Guillermo Manier, del que alguna referencia se ha hecho en esta guía,
al rendir viaje a Santiago se provee de la siguiente documentación: un
billete que le proporciona el sacerdote del hospital en el que se aloja, con
el que se da testimonio de haberle oído en confesión, y un certificado
en latín, de "viaje y comunión" lo llama Manier, que, después
de haber comulgado, le dan en la capilla de San Luis de Los Franceses en la
catedral, atestiguando que ha hecho la peregrinación a Santiago "devotionis
affectu vel voti causa"; este certificado es una Compostelana en toda regla:
su texto, en lo esencial, es el mismo que ahora se sigue empleando.
Hoy se entregan las Compostelanas en la Oficina de Acogida al Peregrino, que
se encuentra al lado de la catedral en la Plaza de Platerías. El peregrino
demandante tiene que manifestar que el motivo de su peregrinación ha
sido espiritual, y justificar con la credencial, que ha recorrido, si a pie
o a caballo, al menos cien kilómetros, y si en bicicleta, doscientos.
Una colaboradora de esta Oficina, María Merino, a cuyo servicio estuvo
el último Año Santo Compostelano, nos describe el momento de la
solicitud:
"Acuden a la Oficina en busca de dos cosas: un sello y un certificado. El peregrino
enseña su credencial, una cartilla en la que ha ido recogiendo los sellos
de las distintas localidades por las que ha pasado al lado del Camino. Allí
estampan el más esperado de todos, el de la catedral de Santiago. Cuando
queda dibujado en su credencial, compañera y testigo de tantos pasos
andados, lo acarician con los ojos como si se tratara de un gran tesoro. Ese
pequeño redondel, con el dibujo del arca del Apóstol y cercado
por unas letras latinas, es el beso final a un camino repleto de vivencias.
A continuación, si el peregrino ha cumplido los requisitos exigidos y
si lo ha hecho "por fe, devoción o promesa" –como reza su texto–, le
otorgan la Compostela, un sencillo y elegante papel de color crudo. Es un certificado
del Cabildo catedralicio en el que se reconoce a esa persona –cuyo nombre se
traduce al latín– su condición de peregrino cristiano a Compostela".
La Compostela se entrega siempre, con independencia de que el año sea
o no Santo.
A las personas que su motivación declarada para hacer el Camino no coincide
con el "ha venido a visitar la casa del Apóstol por fe, promesa o devoción"
no se les entrega la Compostela, pero, si lo desean, se les facilita un simple
escrito en el que se acredita su viaje a Santiago.