Desde que entrara en vigor esta prestación, establecida en el Real Decreto-ley 8/2020, de 18 de marzo, y hasta el día 22 de abril, Ibermutua ha reconocido prestaciones extraordinarias por cese de actividad a cerca de 97.400 trabajadores autónomos que se han visto afectados por la declaración de estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, con un importe total de 111,6 millones de euros.
En concreto, Ibermutua destinará hoy 50,95 millones de euros para al pago de esta prestación para un total de 97.338 autónomos beneficiarios de la misma protegidos por esta Entidad, que se suman a los más 60,6 millones de euros ya pagados con anterioridad en anteriores pagos. De ellas, el 58,2 % se corresponden con supuestos de suspensión de actividad y el 42,8 % por caída de sus ingresos por debajo del 75 % en el período anterior computable a la misma.
Hasta la fecha, Ibermutua ha tramitado 104.922 solicitudes de esta prestación, habiendo reconocido un total de 98.165 solicitudes, lo que supone que ha reconocido favorablemente más de 9 de cada 10 solicitudes presentadas (el 93,5%).
Esta prestación extraordinaria, cuya vigencia está limitada a la duración del estado de alarma, tiene una cuantía del 70% de la base reguladora y puede ser solicitada hasta el último día del mes siguiente a que finalice el estado de alarma por cualquier trabajador por cuenta propia inscrito en el régimen correspondiente que haya tenido que cerrar su negocio o que demuestre que su facturación del mes anterior a la solicitud se ha visto reducida, al menos, en un 75% en relación con el promedio de facturación del semestre natural anterior.
Con el objetivo de facilitar al máximo la tramitación de esta prestación económica a los autónomos adheridos a la Entidad susceptibles de solicitarla, Ibermutua ha desplegado, en un breve espacio de tiempo, tanto un formulario online para presentar la solicitud de una manera ágil a través de la página web, como una campaña informativa digital (web, newsletter y de atención directa en redes sociales), dirigida tanto a su colectivo de autónomos protegidos como a la red de asesorías y despachos profesionales que gestionan estos profesionales, con la información y novedades de esta prestación.
Enlace relacionado:
- Prestación Extraordinaria C.A.T.A. – COVID-19 (Infografía – 30 abril)